Anumerismo: ¿atenuante o agravante?
Me pasaron hace unos días una sentencia de la Agencia de Protección de Datos acerca de un caso (y tienen muchos y variopintos) concerniente a alguien que protestó porque cierta entidad bancaria de la que no era cliente había accedido a su informe crediticio sin su autorización.
Aparentemente, desde dicha entidad habían leído su informe en cuatro ocasiones en cuatro fechas distintas. Y eso, al parecer, no es legal y está penado con multas como la de 40 001 euros que le impusieron a la entidad.