Legislación

Protección de los datos de los muertos

Me toca lidiar con datos relativos a muertos. No de muertos hace mil años, o quinientos, o de las guerras carlistas, sino, casi, casi con muertos de cadáver caliente y viuda con mocos. He aquí la (¿aparente?) aporía. Por un lado, sábese que la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos (en adelante, LOPD), no es de aplicación a las personas fallecidas. Pero, por otro: La Agencia Tributaria ni ha publicado ni es fácil que publique las declaraciones de la renta del finado Sr.